lunes, 21 de diciembre de 2009

PARA PENSAR...

"Disculpen si les llamo caballeros, pero todavía no les conozco bien".
frase pronunciada por Groucho Marx al inicio de un discurso.

miércoles, 25 de noviembre de 2009

CERTIFICAR NORMAS ISO

Tomar la decisión: Certificación ISO 9001:2008

¿Qué cabe esperar realmente como resultado de su inversión en un Sistema de Gestión de la Calidad (SGC) ISO 9001:2008? ¿Qué ocurre cuando tiene su SGC en orden y trabajando para usted? La opinión de empresas con certificación ISO 9001:2008 demuestra lo que puede esperar como recompensa a todo su trabajo.

Debido a todas las responsabilidades que se desprenden de la norma ISO 9001:2008, las organizaciones suelen experimentar una mayor implicación de la Alta Dirección en relación con el Sistema de Gestión de la Calidad. Esto comienza con el establecimiento de la Política de Calidad y de los Propósitos y Objetivos de Calidad. Continúa con una Revisión de la Dirección en la que se estudian los datos del SGC y se adoptan las medidas necesarias para garantizar que se cumplan esos objetivos, se establezcan nuevas metas, y se logre una mejora continua.

Al tener el SGC en orden y trabajando para usted, la organización se concentra en los Objetivos de Calidad. La Dirección obtendrá datos de forma continua y podrá evaluar el progreso o la falta de progreso hacia los objetivos, y adoptará las medidas necesarias. El proceso organizado y programado de la Revisión de la Dirección garantiza que esta evaluación tenga lugar. Proporciona el mecanismo de revisar los objetivos y el rendimiento frente a los objetivos programados, y adoptar las consiguientes medidas en función de tal evaluación.

El aumento de la productividad proviene de la evaluación inicial y de las mejoras de los procesos que tienen lugar durante el proceso de implementación, así como de la mejoría en la capacitación y las aptitudes de los empleados. Una mejor documentación o control de los procesos proporciona consistencia en el funcionamiento y menos desperdicio y necesidad de corregir el trabajo. Los jefes no tendrán que padecer tantas llamadas nocturnas para solucionar problemas, ya que los propios empleados dispondrán de la información para resolverlos por sí mismos.

El aumento de satisfacción del cliente se considera como una demostración de que nuestros Propósitos y Objetivos tienen en cuenta las necesidades del cliente. Hay una mayor comprensión de las necesidades del cliente gracias a que la opinión del cliente se busca, se recibe y se analiza. Los Propósitos y Objetivos se ajustan en virtud de esta información, consiguiendo que la organización esté más orientada hacia el cliente. Debido a que los objetivos se centran en el cliente, la organización pierde menos tiempo en centrarse en los objetivos de los departamentos y puede dedicar más tiempo al trabajo conjunto para satisfacer las necesidades del cliente.

miércoles, 18 de noviembre de 2009

INDICADORES DE GESTION

IMPLEMENTACION DE LOS INDICADORES DE GESTION

El desarrollo de indicadores de gestión empresarial son parte

fundamental en el mejoramiento de la calidad, debido a que son medios

económicos y rápidos de identificación de problemas, según la

naturaleza y manejo del mismo.

Durante la identificación de los indicadores a implementar en las

diferentes áreas, se establecen estos parámetros en coordinación con

los diferentes jefes de áreas, los cuales son los responsables del

correcto funcionamiento y evolución del servicio al cual pertenece.

La identificación y desarrollo de estos indicadores, son parte

fundamental en la evolución, mejoramiento y optimización de la

calidad en el desarrollo del objeto social de las organizaciones,

debido a que son medios por los cuales se logra identificar el nivel

en el cual se encuentra funcionando cada una de las áreas que la

conforman, y un nivel óptimo al cual debemos llegar en un futuro no

muy lejano con el propósito de generar valor económico en la

organización.

Para llevar a cabo el proceso de implementación, el Área de Garantía

de la Calidad diseña una matriz de manejo en Excel, en la cual se

ingresan todos y cada uno de los datos necesarios para la recolección

de la información y generación de manera automática y concisa de

todos los indicadores identificados, levantados y validados. Estas

matrices son almacenadas en el sistema de información del área

específica, y se brinda la correspondiente capacitación al personal

responsable de la misma, para obtener los resultados respectivos.

En cuanto a las matrices desarrolladas, estas son diseñadas de

acuerdo a la necesidad y requisiciones de los indicadores; también se

diseñan los formatos y/o documentos por medio de los cuales se

recolectara la información para la generación de los mismos.

En el desarrollo de esta etapa, se debe identificar las necesidades

del área involucrada en cuanto a productividad, utilización,

concentración, disponibilidad, competitividad, costos, rentabilidad,

los cuales se clasifican dependiendo la naturaleza de los datos y

necesidad del indicador. A medida que el área va evolucionando según

las necesidades de la misma, se generaran nuevos indicadores, y se

recalcularan los niveles de referencia, para lograr mejorar la

calidad.

Posterior al diseño de las fases anteriores, es preciso determinar

cómo se implementará, qué recursos se necesitarán y qué cambios

culturales condicionarán la aplicación del sistema de control de

gestión.

El diseño de sistemas de control no es un mero ejercicio técnico,

requiere de un apoyo político, financiero y organizativo para que sea

implementado con éxito en la empresa. Las condiciones para dicho

proceso se concentran en tres líneas fundamentales a considerar:

a. Los directores del proceso

b. La adaptación de la estructura organizacional

c. El cambio cultural organizacional.

martes, 3 de noviembre de 2009

REQUISITOS DE LA NORMA ISO 9001:2008

4.1 Requisitos Generales

La organización deberá establecer, documentar, implementar y mantener un Sistema de Gestión de Calidad, y mejorar continuamente la eficacia de acuerdo con los requisitos de la norma.

Explicación

Aquí encontrará los requisitos para identificar los procesos que se deben controlar y las correlaciones que se deben determinar. La organización también deberá determinar cómo controlar cada proceso tercerizado.

Acción

Se tratan aquí los temas principales de gestión del proceso y se solicita a las organizaciones de:

  • Determinar los procesos necesarios para el Sistema de Gestión de Calidad
  • Determinar la secuencia y las interacciones de tales procesos
  • Determinar los criterios y los métodos de funcionamiento y el control de tales procesos
  • Asegurar la disponibilidad de recursos y la información necesaria para el funcionamiento y la monitorización de tales procesos
  • Monitorear, medir y analizar tales procesos
    Implementar acciones necesarias para obtener los resultados previstos y la mejora constante de tales procesos .

domingo, 1 de noviembre de 2009

QUE ES LA CALIDAD ?

La Calidad es una propiedad inherente de cualquier cosa que permite que esta sea comparada con cualquier otra de su misma especie.

La palabra Calidad tiene múltiples significados. Es un conjunto de propiedades inherentes a un objeto que le confieren capacidad para satisfacer necesidades implícitas o explícitas.

La Calidad de un producto o servicio es la percepción que el cliente tiene del mismo, es una fijación mental del consumidor que asume conformidad con dicho producto o servicio y la capacidad del mismo para satisfacer sus necesidades.

sábado, 31 de octubre de 2009

QUE ES LA ISO ?

¿Qué es ISO?
Es la Organización Internacional de Normalización, que desarrolla normas de calidad a nivel mundial. Es una organización no gubernamental integrada por una red de institutos nacionales de normas de 148 países, con una Secretaría General en Ginebra, Suiza. Sus estándares contribuyen haciendo al desarrollo, fabricación y distribución de los productos y servicios (incluyendo el educativo) más eficientes y seguros; sirven también para proteger y simplificar la vida de los usuarios en general, estudiantes entre ellos.

¿Qué significa ISO?
Se pensaría que son las siglas en inglés de la Organización, pero en realidad en inglés sería “IOS” y en francés y español “OIN”, de tal forma que al tratarse de un ente con representación mundial se optó por utilizar el prefijo griego “ISO” que significa “IGUALDAD”, por lo que independientemente del país o idioma, la forma corta del nombre de la organización es siempre ISO.

¿...y qué es el ISO 9000?
ISO 9000 es una serie de normas y lineamientos que definen los requerimientos mínimos, internacionalmente aceptados, para un sistema eficaz de calidad (aplicable a cualquier tipo de organización), entre estas normas está la ISO 9001-2000 que se aplica cuando el objetivo es lograr de forma coherente la satisfacción del usuario (del estudiante en nuestro caso) con los servicios que presta la Institución, y cuando se necesita manifestar la capacidad para demostrar la conformidad con los requisitos del usuario y de los reglamentarios aplicables. Esta norma también se aplica para propósitos de Certificación por aquellas organizaciones que buscan el reconocimiento del sistema de gestión de la calidad.

martes, 27 de octubre de 2009

COMENZARON LAS INSPECCIONES

La Dirección Nacional de Protección de Datos Personales ha comenzando con su política de inspecciones sectoriales. Esto significa que la Dirección realizará inspecciones para verificar el cumplimiento de la Ley de Protección de Datos Personales Nº25.326. Las inspecciones tienen como fin acompañar y asistir a los titulares de bases de datos a que adecuen sus procesos internos y el tratamiento en general de datos a las directivas de Ley 25.326.

Actualmente la Dirección están desarrollando inspecciones en entidades financieras y charlas informativas de adecuación a laboratorios de especialidades médicas.

viernes, 23 de octubre de 2009

POR QUE DEBO INSCRIBIR MIS BASES DE DATOS?

Registro Nacional de Bases de Datos.


Qué entidades y qué bases están alcanzadas por la obligación de registrarse.

Comunicación de la Dirección Nacional de Protección de Datos Personales

Registro Nacional de Bases de Datos

¿Por qué se debe registrar una base de datos?

¿Por qué debo inscribirme en el Registro?


La Ley 25.326 es una norma de orden público que regula la actividad de las bases de datos que registran información de carácter personal. Su objeto es garantizar a las personas el control del uso de sus datos personales.


El Registro Nacional de Bases de Datos

La Ley 25.326 establece que será lícita la formación de una base de datos si se encuentra debidamente inscripta (artículo 3º). La no inscripción puede acarrear responsabilidades administrativas, civiles y penales.

Luego dispone que toda base de datos pública y privada destinada a proporcionar informes debe inscribirse en el Registro que al efecto habilite la Dirección Nacional de Protección de Datos Personales (artículo 21).

Posteriormente prescribe que los particulares que formen bases de datos que no sean para un uso exclusivamente personal deberán registrarlas (artículo 24).

La Dirección Nacional de Protección de Datos Personales ha implementado el Registro Nacional de Bases de Datos y se plantea entonces la necesidad de determinar cuáles son las bases de datos obligadas a inscribirse.


La obligación de inscribir las bases de datos

Dos conceptos de la Ley 25.326 son fundamentales para determinar la obligatoriedad de la inscripción en el Registro: 1) base de datos privada destinada a dar informes, que incluye la cesión y transferencia de datos (art. 1º y 21); y 2) uso exclusivamente personal de la base de datos (art. 24).

Destinado a dar informes:

Debe entenderse por banco de datos destinado a proveer informes a aquel registro, archivo, base o banco de datos que permita obtener información sobre las personas, se transmitan o no a terceros; dado que el tratamiento implica un riesgo susceptible de causar un perjuicio al titular del dato. Asimismo, al ser el derecho a controlar la información personal un derecho humano, debe interpretarse a favor de las personas.

La Real Academia Española define a la palabra "informe" como: "Descripción oral o escrita de las características o circunstancias de un suceso o asunto". Entonces "banco de datos destinado a dar informes" equivale a "banco de datos destinado a describir algo sobre las personas".

De esta manera, cuando se accede a una base que interrelaciona datos y produce una serie de informaciones acerca de una persona determinada, se configura la acción requerida por la norma: "brindar informe".

En ninguna parte de la norma se indica que para que la protección de la ley adquiera virtualidad debe tratarse de un destino único y exclusivo de brindar informes. Alcanza con que uno de los usos que se le da a la base de datos sea brindar información o describir algo sobre una persona determinada o determinable para que rija la protección de la ley.

Tampoco la norma exige que el destinatario del informe deba ser una tercera persona ajena al responsable o usuario de la base de datos, sino que también abarca los usos internos de la información personal.

Uso Exclusivo Personal:

Como se señalara, se obliga a inscribir en el Registro las bases de datos que no sean para un uso exclusivo personal (art. 24).

El concepto de uso exclusivo personal se interpreta unánimemente de la manera más favorable al ejercicio del derecho a controlar la información personal. Por ello, corresponde interpretar esteconcepto como uso exclusivo de la persona titular del banco de datos, entendidas como aquellas que por conservarse en la esfera íntima de la persona no trascienden a terceros y/o no tienen razonable potencialidad de dañar un derecho del titular del dato (ejemplo: computador personal con direcciones de amistades).


Ejemplos prácticos

Hay numerosos casos de bases de datos en el ámbito empresario, que dan información sobre una persona y que exceden un uso exclusivamente personal en virtud de las cesiones o transferencias de información que realizan. Algunos ejemplos de las más habituales, entre otras, son:

Base de datos de clientes : con esta base de datos se llevan a cabo diversas cesiones de datos personales como la emisión de facturación, se hacen retenciones y liquidaciones a AFIP, IIBB, se puede informar morosidad.

Base de datos de proveedores : se llevan a cabo diversas cesiones de datos personales como las retenciones de tributos, emisión de recibos, informaciones a las cámaras, en suma, un serie de cesiones de información que exceden el uso personal de la base.

Base de datos de personal : se producen cesiones de información cuando se liquidan cargas sociales a ANSES, impuesto a las ganancias a AFIP, se transfiere información al banco para depositar el sueldo, a la ART (implica cesión de datos sensibles, art. 7º Ley 25.326), al sindicato si el empleado se encuentra afiliado (implica cesión de datos sensibles, art. 7º Ley 25.326).

Base de datos de marketing : la utilización de bases de datos con fines de publicidad y/omarketing directo se encuentra específicamente regulada por el art. 27 de la Ley 25.326. En razón de ello dicha base debe estar inscripta.

Ventajas de la inscripción en el Registro

El cumplimiento de la ley y la licitud de la base de datos.

Frente a eventuales denuncias por ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, supresión o bloqueo (arts. 14, 16 y 27 Ley 25.326) o problemas en el tratamiento de datos personales, una base de datos no inscripta en el Registro adolece de otra condición de licitud lo que acarreará responsabilidades y sanciones más severas, al contrario que una base de datos debidamente inscripta.

Implica una ventaja competitiva detentar la condición de inscripto y el isologotipo frente a una empresa de la competencia que no lo tenga.

Debe además tenerse muy en cuenta que cuando la Ley 25.326 regula la cesión de datos establece la responsabilidad solidaria y conjunta de cedente y cesionario por la observancia de las normas ante el organismo de control y el titular de los datos (art. 11, inc. 4). En virtud de ello, frente a un incumplimiento de quien cedió será solidariamente responsable el cesionario y viceversa. Entonces será necesario asegurarse que quien nos cede o a quien le cedemos información sea un buen tratador de datos y la mejor carta de presentación es la inscripción en el Registro. Por este motivo la DNPDP ha diseñado el Certificado de Inscripción con la Casa de Moneda con medidas para la inviolabilidad del instrumento. Ello puede dar lugar a responsabilidades administrativas (hasta $100.000 de multa y/o la clausura de la base), civiles (indemnizaciones) y penales.

Sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales que correspondan por el incumplimiento de las obligaciones legales, la DNPDP aplicará las sanciones establecidas por el artículo 31 de la Ley 25.326 y la Disposición DNPDP Nº 7/05 (B.O. 11/11/05), que prevén multas de hasta $50.000 por la no inscripción de la base de datos.


Dirección Nacional de Protección de Datos Personales
Sarmiento 1118 Piso 5º Anexo C1041AAX Buenos Aires - Argentina
Tel/Fax: 54 11 4383-8521/ 4383-8512/16 Mail: datospersonales@jus.gov.ar
Web: www.jus.gov.ar/datospersonales/

martes, 6 de octubre de 2009

GESTION DE CALIDAD EN MUNICIPIOS



Un desafío hacia la excelencia de gestión.

La organización municipal es probablemente uno de los más claros puntos de contacto directo entre los vecinos y gobierno. Muchas veces se denomina a la administración municipal como "gobierno local" en alusión a esa proximidad.
Por la variada cantidad de servicios que se prestan desde los municipios, y por la fuerte tendencia hacia la descentralización de ciertas actividades desde los niveles centrales hacia los locales, el enorme caudal de tareas que deben manejarse requiere de metodologías organizacionales que les permitan gestionar con calidad para que los vecinos reciban verdaderos servicios de calidad.
Asimismo en muchas municipalidades aparece también un fenómeno de descentralización desde el Municipio "central" hacia las delegaciones. Constituye un verdadero desafío diseñar y hacer cumplir procedimientos homogéneos para todo el distrito, que provean de servicios en un mismo nivel de calidad a todos los vecinos, tanto de áreas centrales como periféricas.
Es primordial en estos aspectos considerar, que la desición de encarar esta iniciativa debe ser el fruto del convencimiento real y el compromiso de la Autoridad Política de ponerlo en marcha.

lunes, 5 de octubre de 2009

RECOMENDACIONES DE LA DNDP

DIRECCION NACIONAL DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES
  • INFORMATICA PREVENTIVA.
    “Consejos básicos para el uso de las redes socialescon Protección de Datos Personales”Facebook, HI5, y otros…

    Que hacer
    Si para su participación en REDES SOCIALES, fuera necesario revelar su identidad haga saber sólo los datos indispensables para su identificación, como ser su nombre completo, pero sin indicar su dirección, teléfono, o cualquier otro dato personal.
    un email exclusivo y distinto del habitual para las redes sociales, y un seudónimo. En caso que ya se esté registrado, darse de baja y volver a hacerlo siguiendo este sistema.
    Privacidad
  • Ajuste sus opciones de privacidad para mantener su información fuera del dominio público.
    Crear
  • Los padres pueden crear sus propias cuentas y “añadir” a sus hijos como contactos para monitorear sus actividades en línea.
    Cuidado
  • Tenga cuidado con correos electrónicos que dicen provenir de su sitio de contactos sociales. No entregue información personal en respuesta a un correo electrónico.
    Revisar
  • Para evitar fraudes, revise la dirección de URL en la parte superior de la pantalla antes de ingresar su nombre de usuario y clave en un sitio de contactos sociales – existen sitios impostores cuyo propósito es conseguir esta información, por lo que debe asegurarse de estar donde cree que está.
    Reportar
  • Si se encuentra con algo sospechoso, repórtelo al sitio, o a una autoridad.
    Que no hacer
  • No poner fotos de otros sin su consentimiento, sobretodo de menores de edad. Intentar evitar colgar fotos privadas incluso de uno mismo.No suministrar datos personales como dirección, teléfono ni la ubicación (donde se encuentra).No admitir a desconocidos dentro de la red.

martes, 29 de septiembre de 2009

LEY DE SEGURO AMBIENTAL



ARTICULO 22. — Toda persona física o jurídica, pública o privada, que realice actividades riesgosas para el ambiente, los ecosistemas y sus elementos constitutivos, deberá contratar un seguro de cobertura con entidad suficiente para garantizar el financiamiento de la recomposición del daño que en su tipo pudiere producir; asimismo, según el caso y las posibilidades, podrá integrar un fondo de restauración ambiental que posibilite la instrumentación de acciones de reparación.

miércoles, 23 de septiembre de 2009

INDICADORES DE CALIDAD AMBIENTAL

Índices de calidad
Permiten asignar un valor a la calidad utilizando un número limitado de parámetros. Tienen la ventaja de ser fáciles de usar y proporcionan una idea rápida e intuitiva de la calidad, pero son arbitrarios y pueden inducir a error debido a su reduccionismo. Si se utilizan otros índices complementarios se tiene una idea más adecuada y completa de la calidad.
Índices de Calidad ambiental
Un Indicador es una representación numérica que sintetiza información en un período de tiempo. Los indicadores ambientales son formas directas o indirectas de medir la calidad del ambiente, pueden ser utilizados para determinar la situación actual y las tendencias en la capacidad del ambiente para sustentar la salud ecológica y humana.
Para determinar la calidad ambiental del medio ambiente, sus características pertinentes y significativas deben ser medibles y cuantificables a través de indicadores e índices ambientales que permitan una gestión eficiente.
• Indicadores Ambientales
Los tomadores de decisiones requieren de información oportuna, precisa y fiable acerca del medio ambiente y el desarrollo sustentable. Los indicadores poseen el potencial de constituir importantes herramientas en la comunicación de la información científica y técnica. Asimismo, pueden facilitar el acceso a dicha información a los diferentes grupos de usuarios, y así transformar la información en acción.
Los indicadores ambientales proporcionan información oportuna, precisa y fiable acerca del ambiente y el desarrollo sustentable a la hora de tomar decisiones. Estos poseen el potencial de constituir importantes herramientas sustentadas científica y técnicamente. Además, facilitan el acceso a dicha información a los diferentes grupos de usuarios, permitiendo transformar la información en acción (CIAT – Banco Mundial – PNUMA, citado en Autoridad Nacional del Ambiente, 2000).
La importancia del desarrollo de indicadores radica en tres objetivos ambientales fundamentales que permiten alcanzar el desarrollo sustentable:
o Proteger la salud humana y el bienestar general de la población
o Garantizar el aprovechamiento sustentable de los recursos
o Conservar la integridad de los ecosistemas
La metodología PER (Presión – Estado – Respuesta) identifica tres tipos de indicadores ambientales:
o Indicadores de presiones ambientales causadas por el hombre.
o Indicadores de las condiciones o calidad del ambiente y los recursos naturales.
o Indicadores de las respuestas de la sociedad a las presiones sobre el ambiente.

lunes, 21 de septiembre de 2009

SISTEMAS DE GESTION DE LA CALIDAD

Calidad en la Construcción

Cuando a los directores y gerentes de empresas constructoras
se les habla del tema de implementar en sus
organizaciones un Sistema de Gestión de la Calidad
(SGC) basado en la norma ISO 9000, viene a sus mentes
las ideas de que el ISO 9000, es sólo para empresas de
manufactura y que no tiene aplicación en la construcción, que
la organización será invadida por la burocracia, un excesivo
papeleo, poca o ninguna fl exibilidad y suponen que los clientes
sólo se fi jan en los precios.
Las ideas antes mencionadas son falsas, ya que por increíble
que parezca y según la Organización Internacional de
Normalización (ISO), el sector construcción es uno de los que
cuenta con más empresas certifi cadas, ocupando el tercer
lugar en el mundo (globalización). Un SGC es una metodología
que integra el lado humano, administrativo y técnico en las
empresas, aprovechando al máximo todos sus recursos, internamente
hay mayor orden y control de los procesos de obra y
de ofi cina, permitiendo disminuir los costos de la “no calidad”
(desperdicios, tiempos perdidos, etc.), todo ello se traduce en
un incremento de su productividad y, por ende, ser más competitivos.
El SGC signifi ca en nuestro gremio todo lo contrario
a la improvisación, las carreras y el azar, que caracterizan el
estilo de gestión de muchas de las constructoras.
Existen otros aspectos importantes que debemos tener
en cuenta a la hora de decidir implementar un SGC, una
es que la competencia, ya no es sólo nacional si no también
internacional a la luz de que Venezuela, desde el 2006, es
miembro del MERCOSUR, junto con Brasil, Argentina, Uruguay
y Paraguay, donde hay que tener en cuenta, las asimetrías
que representan la economía y la industria de la construcción
en Brasil y Argentina, las cuales poseen un tejido industrial
tecnológicamente desarrollado con certifi cados de calidad.
Otro aspecto son las leyes y reglamentos en nuestro país, de
orden laboral, seguridad en el trabajo y ambientales. Por estas
razones, muchas empresas del sector deben replantearse sus
métodos actuales de gestión, a riesgo de su desaparición.
Las empresas constructoras deben desarrollar e implementar
un sistema de calidad general donde se establezcan
las directrices de su operación en forma documentada. En
la práctica este sistema se lleva en las obras y proyectos,
mediante la utilización de los planes de calidad adecuados por
cada empresa. El plan de calidad es un documento que refl eja
la aplicación del sistema de calidad de la empresa para una
obra o proyecto defi nido.
Son muchos los benefi cios que se generan al contar con
Sistema de Gestión de Calidad en las empresas constructoras,
entre ellos:
• Mayor nivel de competitividad en el mercado.
• Disminución importante de los costos asociado a la “no
calidad” (desperdicios, tiempo perdido).
• Permite a los clientes de la industria de la construcción
(en especial al Estado y organismos fi nancieros) confi ar en la
calidad de los servicios y productos que contratan, disminuyendo
así los atrasos y reclamos, permitiendo un mejor uso
de los recursos de la sociedad.
• Ayuda a la organización a insertarse en el mundo de la
globalización.
• Apertura internacional para alianzas estratégicas como
puede ser el MERCOSUR, ALBA y otros.
• Tener defi nida una estructura organizacional fl exible que
le permita crecer o contraerse en forma ordenada.
• Mejor aprovechamiento de los recursos humano, administrativos
y operativos.
• Reducción de los gastos administrativos y operativos.
• Mayor rentabilidad del negocio.
Manuel Pérez Marcano
Director Cluster Avexcon
avexcon@cvc.com.ve
118 C o n s t r u c c i ón
• Poderosa herramienta a la hora de enfrentar un mercado
cada vez más competitivo y cambiante.
• Ayuda a la empresa adaptarse a nuevas leyes laborales
y ambientales.
Costos de la “no calidad”
en la construcción
Los ítems que conforman el costo de la “no calidad” son
muchos, entre otros podemos mencionar:
• Desperdicios de materiales.
• Materiales mal utilizados.
• Productos defectuosos que deben ser reparados.
• Horas hombres utilizadas en esas reparaciones.
• Atrasos en las entregas.
• Multas por incumplimientos en las fechas de entregas.
• Tiempo y recursos asignados a atender reclamos.
• Tramitaciones.
• Control de inventarios de los productos defectuosos.
• Algunas defi ciencias de organización interna de nuestra
empresas (Por ejemplo: los pedidos duermen días en los
departamento de compra o en el Dpto. de venta del proveedor
por falta de seguimiento).
• Otros problemas externos como: Demora en enviar los
planos o detalles por parte del cliente, detalles no especifi cados
o modifi cados a último momento.
Todo esto genera costos adicionales por pérdida de mercado,
ya sea por problemas de calidad, de incumplimiento en la entrega
o por presupuestos elevados para poder cubrir los costos
de la “no calidad”. Teniendo en cuenta lo antes planteado, sabe
usted ¿cuál es el costo de la no calidad en su empresa?, ¿está
en condiciones de perder ese dinero todos los días?. Debemos
refl exionar al respecto, ya que, ese despilfarro es pagado por
las constructoras que ven disminuida así su rentabilidad, por el
Estado que abona por productos defectuosos y por la sociedad
en su conjunto que usará productos de mala calidad y pederá
recursos que bien podrían utilizarse en otras actividades.
Un estudio realizado en Israel, en 1996, por el Centro para
las Ciencias de la Calidad de la Universidad Hebrea, arrojó
como resultado que los costos de la “no calidad” en la industria
de la construcción en ese país es del 50%.
Países como Brasil, Uruguay, México y Chile están llevando
a cabo experiencias exitosas al lograr que las empresas de la
industria de la construcción adopten Sistemas Gestión Calidad
y han instrumentados programas evolutivos que permiten a
las PYMES del sector cumplir gradualmente con los requisitos
de la ISO 9000.
La comunidad MERCOSUR posee su organismo encargado
para la normalización denominado: Asociación MERCOSUR
de Normalización, con sede en Brasil, es el único organismo
responsable por la gestión de normalización voluntaria en el
ámbito del MERCOSUR, y tiene un capítulo dedicado a la calidad.
Está integrada por las siguientes instituciones: Instituto
Argentino de Normalización y Certifi cación (IRAM), Asociación
Brasilera de Normas Técnicas (ABNT), Instituto Nacional
de Tecnología y Normalización Paraguay (INTN) e Instituto
Uruguayo de Normas Técnicas (UNIT).
La Cámara Venezolana de la Construcción conciente de
la importancia de los Sistemas de Gestión de la Calidad, ha
emprendido varias acciones para ayudar a sus asociados a
transitar en esos caminos, entre los cuales se puede destacar:
la fi rma de un convenio de cooperación con Fondonorma y la
elaboración de la guía ISO 9000 para empresas constructoras,
la cual está siendo evaluanda por el Comité Técnico CT.23 de
Fondonorma y se están estructurando una serie de talleres ISO
9000 para empresas del sector construcción, que permitirá
acceder a los conocimientos y formación necesaria sobre el
tema.
Referencias bibliográfi cas:
Boletín informativo No.22, Cámara Mexicana Construcción
Boletines IRAM, Instituto Argentino de Normalización
Asociación MERCOSUR de Normalización

jueves, 27 de agosto de 2009

VENCEN LOS PLAZOS PARA REGULARIZAR

En seis meses vencerá el plazo para que empresas cumplan con requisitos mínimos. Firmas de salud, en la mira. Podrán aplicarse multas de hasta $100.000
La ley 25.326, de Protección de Datos Personales, en su artículo 2°, expresa que son datos sensibles los datos personales “que revelan origen racial y étnico, opiniones políticas, convicciones religiosas, filosóficas o morales, afiliación sindical e información referente a la salud o a la vida sexual”.
Si una persona brinda sus datos personales para un fin determinado, ¿se pueden utilizar para cualquier otra finalidad que pueda surgir en el futuro?La misma debe estar determinada de antemano: no se puede prestar un consentimiento expreso general para que utilicen esos mismos datos para fines incompatibles (por ejemplo: publicidad, créditos, préstamos, etcétera).Los datos pueden ser utilizados para realizar estadísticas o papers científicos, pero este tratamiento se debe realizar en forma disociada, eliminando la información que pueda identificar o hacer identificables a las personas.SancionesAquellos que no soliciten la inscripción de la base de datos dentro del plazo otorgado (180 días corridos a partir del 18 de mayo) deberán pagar una multa que va desde $1.000 a $3.000. Quienes no inscriban la base de datos cuando haya sido requerido para ello por la Dirección Nacional de Protección de Datos Personales (DNPDP) deberán pagar una multa que va de $3.000 a $50.000.En resumen, los sindicatos y las obras sociales sindicales tienen la obligación de adecuarse a la ley 25.326 y sus normas complementarias, así como también, inscribirse en el Registro Nacional de Bases de Datos.Medidas de seguridadLa ley 25.326 detalla que el responsable o usuario del archivo de datos "debe adoptar medidas para garantizar la seguridad y confidencialidad", esto podría interpretarse como "un deber genérico", ya que recién a partir de septiembre de este año se deberán tener" implementadas las medidas para las bases de nivel básico".En el caso particular de las empresas de medicina prepaga, obras sociales, clínicas, hospitales y sanatorios, o sea, que contengan datos personales definidos como “sensibles”, deben adoptar las medidas de seguridad de nivel básico, medio y crítico (disposición 11/2006 de la DNPDP).Entre las medidas se pueden destacar:
Documento de Seguridad de Datos Personales.
Funciones y obligaciones del personal.
Descripción de las rutinas de control de datos de los programas de ingreso de datos y las acciones a seguir ante los errores detectados a efectos de su corrección.
Registros de incidentes de seguridad.
Control de acceso de usuarios a datos y recursos necesarios para la realización de sus tareas para lo cual deben estar autorizados.
Identificar al Responsable (u órgano específico) de Seguridad.
Copias de respaldo.

lunes, 24 de agosto de 2009

miércoles, 19 de agosto de 2009

COMENTARIOS SOBRE LA LEY DE HABEAS DATA

La garantía constitucional de habeas data protege el patrimonio, la intimidad y honor de toda persona determinada o determinable a la que pueda atribuírsele la información acumulada y de posible divulgación que conste en registros o bancos de datos públicos o privados destinados a proveer informes.
A cuyo fin la Constitución Nacional otorga un medio judicial expedito y rápido (acción de amparo) para tomar de los datos referidos a ella y de su finalidad; como asimismo, y en caso de falsedad o discriminación, para exigir la supresión, rectificación, confidencialidad o actualización ( C. N.: art. 43 párrafo 3ro).
La Ley Nacional Nro. 25.326 de Protección de los Datos Personales (B.O.02/11/2000), denominada Ley de Habeas Data, reglamenta el procedimiento, límites y requisitos exigidos para la aplicación de dicho instituto constitucional, disponiendo la aplicación supletoria de la Ley de Amparo Nro. 16.986 y del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación. Además, estatuye el llamado Sistema Normativo de Protección de Datos Personales que establece los requisitos que deben reunir los bancos de datos para estar y funcionar conforme a derecho.
La normativa común o de fondo contenida en la Ley de Protección de los Datos Personales es aplicable entonces en todo el territorio nacional.
La Ley define al registro, base o banco de datos indistintamente, como el conjunto organizado de datos personales que sean objeto de tratamiento o procesamiento, electrónico o no, cualquiera que fuere la modalidad de su formación, almacenamiento, organización o acceso.
Es decir que quedan comprendidos los datos personales en cuanto obren o se encuentren incorporados en registros o bancos de datos , cualquiera sea el formato o soporte en que aparezca la información.
La Dirección Nacional de Protección de Datos Personales de la Secretaria de Justicia y Asuntos Legislativos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, actúa como órgano de control del cumplimiento de la Ley y dicta las normas y procedimientos técnicos relativos al tratamiento y condiciones de seguridad de los archivos, registros y bases o bancos de datos públicos y privados (Decreto Reglamentario Nro, 1.558/01 B.O. 03-12-2001).
Ante el Registro habilitado en dicha Dirección Nacional deben inscribirse todos los archivos, registros, bases o bancos de datos privados destinados a proporcionar informes, aquellos que exceden el uso exclusivamente personal y los que tienen como finalidad la cesión o transferencia de datos personales, independientemente de que la circulación del informe o la información producida sea a título oneroso o gratuito.
Las sanciones administrativas por la inobservancia de la normativa reseñada, recaen sobre el Responsable de Archivo (titular) o Usuarios de registros, bases o bancos de datos públicos, trátense de persona física o de existencia ideal pública o privada, quienes deben soportar las multas, clausura o cancelación del archivo impuestas por el Órgano de control; los daños y perjuicios ocasionados y las sanciones penales que correspondan.
Quedan exceptuados de la Ley los procesos de recolección de datos en los que sea posible mantener el anonimato, las fuentes de información periodísticas entre otros.
Medidas de Seguridad
El artículo 9 de la Ley Nacional Nro. 25.326 , indica que el responsable o usuario del archivo de datos debe adoptar las medidas técnicas y organizativas que resulten necesarias para garantizar la seguridad y confidencialidad de los datos personales, de modo de evitar su adulteración, pérdida, consulta o tratamiento no autorizado, y que permitan detectar desviaciones, intencionales o no, de información, ya sea que los riesgos provengan de la acción humana o del medio técnico utilizado.
Las medidas de Seguridad son normadas por medio de la Disposición No. 11/2006 de la Dirección Nacional de Protección de Datos Personales.
En primer lugar se establecen tres niveles, Básico, Medio y Crítico, en función del tipo de datos personales de las bases de datos en cuestión, donde el concepto de base de datos se extiende también a archivos y registros, incluso no informatizados. Luego detalla las medidas de seguridad correspondientes para cada nivel.
El nivel Básico se aplica a las bases de datos personales en general que manejen empresas públicas y privadas; es el que más se extiende a una gran cantidad de empresas.
El nivel Medio corresponde a las empresas privadas de servicios públicos, así como también a las entidades públicas/privadas que deban guardar secreto por otras disposiciones regulatorias, como es el caso de los bancos y entidades financieras.
Finalmente el nivel Crítico se refiere a las organizaciones cuyas bases de datos guarden datos sensibles como los de salud, afiliación sindical, convicciones religiosas, opiniones políticas, etc.
Los datos sensibles son los datos personales que revelan origen racial y étnico, opiniones políticas, convicciones religiosas, filosóficas o morales, afiliación sindical e información referente a la salud o a la vida sexual.
Hay numerosos casos de bases de datos en el ámbito empresario, que dan información sobre una persona y que exceden un uso exclusivamente personal en virtud de las cesiones o transferencias de información que realizan. Algunos ejemplos de las más habituales, entre otras, son las base de datos de clientes, proveedores, empleados, marketing.
Para cada nivel se ha establecido una serie de medidas de seguridad tomando como base las del nivel Básico, ya que dichas medidas son acumulativas. De esta manera, para el nivel Medio hay que satisfacer todas las medidas del nivel Básico más otras específicas del nivel Medio. Lo mismo ocurre con el nivel Crítico respecto del nivel Medio. Para cada nivel se establecieron diferentes plazos para su cumplimiento.
Cabe destacar que una de las medidas de nivel Medio, se refiere a la realización de auditorías (internas o externas) que verifiquen el cumplimiento de los procedimientos e instrucciones vigentes en materia de seguridad para datos personales. Y además, que la inscripción en el Registro Nacional de Bases de Datos Privadas es obligatoria y debe renovarse anualmente.
Nuestros especialistas adecuarán sus necesidades a la normativa vigente; asegurándole un asesoramiento personalizado y una actualización permanente mediante la implementación técnica de los requisitos legales que, en lo sucesivo, se exijan sobre la materia.

LEY DE PROTECCION DE DATOS PERSONALES

ANTECEDENTES Y FUNDAMENTOS

La Ley Nº 25.326 tiene como objetivo proteger los datos de las personas asentados en archivos, registros, bancos de datos u otros mecanismos técnicos del tratamiento de datos sean éstos públicos o privados, otorgando protección a los ciudadanos sobre su derecho al honor y a la intimidad, facilitando el control de su información personal mediante el acceso a sus datos personales contenidos en los distintos Bancos de Datos, de conformidad a lo establecido en el artículo 43, párrafo tercero de la Constitución Nacional (art. 1º de la Ley Nº 25.326).
La citada ley reglamentó la actividad de los Bancos de Datos públicos y privados que procesan información personal por medios informáticos o manuales y los sometió al control de la Dirección Nacional de Protección de Datos Personales (en adelante DNPDP) en el ámbito Nacional, creándose el Registro Nacional de Bases de Datos a fin de que los ciudadanos puedan conocer la existencia de los Bancos de Datos y la información que los mismos contienen sobre ellos.